La suspensión provisional de los artículos 2 a 8 del Decreto 572 de 2025 no elimina la obligación de practicar retenciones en la fuente ni autorretenciones. A partir del 8 de mayo de 2026, los agentes de retención deben aplicar las bases y tarifas de autorretenciones y retenciones, según las disposiciones del Decreto 1625 de 2016 que se encontraban vigentes antes de ser sustituidas por el Decreto 572 de 2025.
Más informaciónMediante el Decreto No. 0449 del 27 de abril de 2026, el Gobierno reglamentó los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario en lo relacionado con el ajuste del costo fiscal de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional por el año gravable 2025.
Más informaciónMediante el Comunicado de Prensa No. 031, la DIAN informó que los plazos tributarios que coincidan con el viernes 17 de abril de 2026 se modificarán debido a la declaratoria de ese día como “Día Cívico de la Paz con la Naturaleza”, establecida en el Decreto 500 de 2024.
Más informaciónLa Procuraduría General de la Nación emitió un concepto en el que solicita a la Corte Constitucional declarar inexequible el Decreto Legislativo 1390 de 2025, que estableció la primera emergencia económica del Gobierno del presidente Gustavo Petro.
Más informaciónEl Decreto 0173 de 2026 fija un impuesto temporal al patrimonio para empresas con más de 200.000 UVT y tarifas de hasta 1,6%
Más informaciónLos contribuyentes (sociedades comerciales) que se hayan acogido al Régimen-ZESE por el año gravable 2025, deben presentar la información de que trata el artículo 1.2.1.23.2.7 del Decreto 1625 de 2016, hasta el 29 de marzo del presente año.
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