Para entender el Régimen Tributario de Excepción es importante saber los hechos acaecidos en el periodo comprendido entre finales de 2025 y principios de 2026, el cual marca un hito en la historia constitucional de Colombia, pues es en él el Gobierno Nacional hizo uso de facultades excepcionales para responder a una crisis que combina factores fiscales, sociales y jurídicos.
La declaratoria de emergencia económica mediante el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025 no fue producto de un solo evento, sino de la confluencia de cuatro factores críticos que el Gobierno calificó como "sobrevinientes", a saber:
1. Crisis de caja y Presupuesto General de la Nación 2026
2. Presión judicial del sector salud
3. Déficit energético y social
4. Restricción de endeudamiento
Podemos concluir diciendo que el estado colombiano estaba preso en una trampa de liquidez, pues arrastraba una crisis de caja, un descalce en el presupuesto, una presión judicial relacionada con el sector de la salud, un déficit energético generado por la opción tarifaria, un déficit social concerniente a la atención y reparación de las víctimas del conflicto armado y unas restricción de endeudamiento debido a los límites que impone la regla fiscal y otros factores macroeconómicos y de política fiscal.
En términos prácticos, el estado colombiano tenía la obligación de gastar por las presiones de la Corte Constitucional y la Ley de Víctimas; pero, al mismo tiempo tenía prohibido prestar y así cumplir con la Regla Fiscal y tampoco podía recaudar, por el hundimiento de la Ley de Financiamiento en el Congreso.
Esta parálisis absoluta es lo que jurídicamente se denomina imposibilidad de respuesta por medios ordinarios, cumpliendo con creces el requisito de la Corte para declarar la Emergencia Económica y obtener recursos corrientes por medio de decretos legislativos.
JOSE GREGORIO ARIAS NORIEGA
Director de la Escuela de Impuestos
Director de la Revista Panorama Tributario
CEO del software APCONTABLES